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Tras 82 años de espera, promulgan Ley del INAH

Foto(s): Cortesía
Lorena Jiménez Salomón

Este lunes 24 de mayo se promulgó el Reglamento de la Ley Orgánica del Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH), un pendiente histórico desde su fundación en 1939.

El documento fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y entrará en vigor a partir del martes 25 de mayo; en él se establecen la estructura orgánica y el funcionamiento del INAH para el cumplimiento de los objetivos, funciones y atribuciones que le confieren su Ley Orgánica y demás ordenamientos aplicables.

Establece una estructura orgánica y fija y detalla la competencia del INAH y de sus unidades administrativas, así como las facultades de cada una de las y los titulares la Dirección General, Secretarías, Coordinaciones Nacionales, Direcciones, Escuelas y su estructura territorial constituida por Centros INAH distribuidos en el país.

El reglamento consta de siete capítulos, divididos en 57 artículos, además de cuatro transitorios.

Asimismo, el Reglamento crea la figura de los Consejos del Instituto, tema previsto en la Ley Orgánica, pero hasta ahora creado, cuya finalidad es ayudar a profesionalizar decisiones importantes que tengan que tomarse desde la Dirección General, aportando criterios más sólidos, profesionales y científicos para el proceder de la autoridad. Serán órganos colegiados consultivos de la Dirección General, los cuales tienen por objeto recomendar y proponer políticas, criterios y acciones en las materias que son competencia del INAH, a fin de contar con opiniones académicas y técnicas para la toma de decisiones.

El Reglamento también establece el perfil de quienes formen parte de los Consejos Consultivos, así como los requisitos para formarlos y ser parte de estos.

Habrá un Consejo General Consultivo que sesionará semestralmente, integrado por 17 miembros, presididos por la persona titular de la Dirección General; cuatro consejeras o consejeros de Área, dos bajo designación del o la titular de la Dirección General y dos por elección del Consejo de Área correspondiente.

En tanto, el Consejo de Área de Investigación en Antropología, Arqueología e Historia, que se integrará por 13 consejeros o consejeras y será presidido por la Secretaría Técnica, estará conformado por las personas titulares de las Coordinaciones Nacionales de Antropología, de Arqueología y de la Dirección de Estudios Históricos, así como tres consejeros invitados por la Dirección General y seis consejeros electos por especialistas del Instituto.